
Fernando Araya
Cliente
La residencia costarricense otorga a extranjeros el derecho legal a vivir en Costa Rica. Si planea mudarse permanentemente a Costa Rica, debe convertirse en residente legal.
RESIDENCIA TEMPORAL
La residencia temporal permite a los extranjeros el derecho a vivir en Costa Rica por un período de tiempo determinado, normalmente de uno a cinco años. Los tipos más comunes de residencia temporal son Rentista (titular de la anualidad), Pensionado (jubilado) e Inversionista (inversionista). Los cónyuges extranjeros de los costarricenses deben solicitar una residencia temporal. Los residentes temporales tienen permiso para vivir en Costa Rica, poseer un negocio y cobrar ingresos de un negocio; no pueden trabajar en su propio negocio o como empleado. Como residente temporal, usted está sujeto a ciertos requisitos de residencia anual, y puede tener que cambiar una cantidad requerida de dólares cada mes.
PENSIONADO
Prueba de ingresos de $ 1000 / mes de fondos de seguridad social o jubilados
menos 4 meses por año
Puede reclamar dependientes menores de 18 años & amp; cónyuge
Puede que no funcione como empleado
Puede poseer una empresa & amp; recaudar ingresos
RENTISTA
Prueba de ingresos de $ 2500 / mes por 5 años o depósito de $ 150,000 en banco aprobado de Costa Rica
Debe vivir en Costa Rica por lo menos 4 meses al año
Puede reclamar dependientes menores de 18 años & amp; cónyuge
Puede que no funcione como empleado
Puede poseer una empresa & amp; recaudar ingresos
INVERSIONISTA
en negocios o bienes raíces o de menor cuantía en la industria aprobada
Debe vivir en Costa Rica por lo menos 6 meses por año
No puede reclamar dependientes o cónyuge
Puede recaudar ingresos de negocios o proyectos aprobados.
Puede poseer una empresa & amp; recaudar ingresos
REPRESENTANTE
Debe ser un director de una empresa aprobada < debe vivir en Costa Rica por lo menos 6 meses por año No puede reclamar a sus dependientes o cónyuge puede recaudar ingresos de la empresa
Puede poseer una empresa & amp; recaudar ingresos
RESIDENTE PERMANENTE
-degree relación con Costa Rica, o puede aplicar después de 3 años como residente temporal
Debe visitar Costa Rica al menos una vez al año
No puede reclamar dependientes o cónyuge
Puede trabajar & amp; recaudar ingresos
Puede poseer una empresa & amp;
RESIDENTE PERMANENTE
Hay dos maneras de obtener la residencia permanente: a través de una relación de primer grado con un costarricense o con una residencia temporal por un período de tres años. La residencia permanente debe ser renovada cada año, pero no caduca. Los residentes permanentes pueden trabajar legalmente en Costa Rica. Una relación de primer grado incluye padres e hijos (menores de 25 años) de ciudadanos costarricenses, hermanos menores de ciudadanos costarricenses y padres o hermanos de discapacitados costarricenses los ciudadanos. La inmigración ya no considera al matrimonio como un estado de relación de primer grado; los cónyuges de los ciudadanos costarricenses deben presentar una solicitud de residencia temporal. Si usted ha tenido residencia temporal - Rentista, Pensionado, Inversionista o Esposo - por más de tres años, usted es elegible para cambiar su estado a residente permanente . Esta solicitud estará sujeta a una cuota de $ 200.
CIUDADANÍA
Algunos residentes deciden cimentar su vínculo con Costa Rica solicitando la ciudadanía a través de la naturalización. Usted es elegible para la naturalización después de dos años de matrimonio con un costarricense o con siete años de residencia legal.
TURISMO PERPETUAL Los turistas de Estados Unidos, Canadá y muchos países europeos son se le permite ingresar a Costa Rica por hasta 90 días sin visa. Después de 90 días, están obligados a salir del país. Los turistas que viven en Costa Rica y renovar su permiso de entrada cada 90 días se llaman a menudo turistas perpetuos. El turismo perpetuo no es ilegal, pero no es una forma de residencia legal. Los turistas perpetuos no pueden trabajar legalmente en Costa Rica.